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“La inmensa mayoría de hipotecas que se firmaron en Ronda contienen cláusulas abusivas”.

(Artículo publicado en RONDA SEMANAL, el 16 de julio de 2016).

El abogado rondeño, Francisco Orozco, nos da su visión sobre el Dictamen publicado esta semana referente a las clausulas suelo.

El miércoles fue publicado el ansiado dictamen del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, relativo a la retroactividad de la devolución de las cantidades cobradas de más por la aplicación de la conocida como cláusula suelo en los contratos hipotecarios. Las expectativas sobre un dictamen favorable a los consumidores eran realmente altas, pero han quedado frustradas. Jueces, Fiscales y expertos coinciden en asegurar que se trata de una decisión política, y no jurídica. Es posible que el pánico del Brexit haya tenido mucho que ver.

E-¿Qué significa este dictamen?

F.O.- Se trataba de esclarecer si las cantidades pagadas de más, por la aplicación de un suelo de intereses en un préstamo hipotecario, debían tener carácter retroactivo hasta mayo de 2013 (como sentenció nuestro Tribunal Supremo) o si, por el contrario, podríamos reclamar desde la firma del contrato, es decir, con retroactividad total. El Abogado General, desde Luxemburgo, lo tiene claro: la limitación en el tiempo de los efectos de la nulidad de las cláusulas suelo, incluidas en los contratos de préstamo hipotecario en España, es compatible con el Derecho de la Unión. Y es que, según él, “las repercusiones macroeconómicas asociadas a la amplitud con que se utilizaron estas cláusulas justifican en particular esta limitación”. Las repercusiones para la macroeconomía… Y se preguntarán los ciudadanos: ¿Y la repercusión para la economía de hogares y familias? Sobre esto no se ha pronunciado en su dictamen. Juzguen ustedes mismos.

E-¿Esta postura es definitiva?

F.O.- No. De hecho el dictamen del Abogado General ni tan siquiera es vinculante para los magistrados del TJUE que deben decidir en el procedimiento. Lo que ocurre es que, normalmente, su dictamen prejuzga la sentencia definitiva. Pero hay otras ocasiones en las que la doctrina del Tribunal se aparta radicalmente, sobre todo en procesos un tanto peculiares como éste. En cualquier caso, debemos esperar a finales de año para ver la sentencia.

E- Hace algunas semanas Usted recomendó, en un artículo publicado en este periódico, no demandar al banco mientras no se publicara este dictamen. ¿Y ahora?

F.O.- Efectivamente. En nuestro Bufete hemos recomendado esperar a este dictamen por dos motivos. En primer lugar, porque la cuantía por la que demandábamos al banco podía subir al doble. Estamos hablando de que, en una hipoteca media de 150.000 euros a 35 años firmada en el año 2008, en aplicación de la cláusula suelo podíamos demandar hasta 25.000 euros para nuestro cliente. Ahora, con la retroactividad hasta mayo de 2013, reducimos la cuantía a la mitad. En segundo lugar, para tener clara nuestra estrategia procesal. Me atrevería a decir que la inmensa mayoría de juristas estamos decepcionados. No obstante, nosotros seguiremos reclamando la retroactividad total, pero ya lo haremos de manera subsidiaria al objeto de no ser condenado en costas. En conclusión: hay que demandar al banco para que nos devuelvan lo pagado de más.

E- ¿Hay muchas hipotecas en Ronda con cláusulas suelo?

Si. La inmensa mayoría. De hecho, creo que Ronda y su comarca es una de las zonas donde más abusos bancarios se han cometido durante aquellos años. Como sabrán, existe una entidad de crédito con especial arraigo en nuestra comarca. Y, a mi juicio y aunque nos cueste admitirlo, esa cercanía con el pueblo les ha servido para aprovechar su posición de monopolio. Las hipotecas que se firmaron en Ronda no solo contienen cláusulas suelo, sino que, además, se incluyeron cláusulas con intereses moratorios abusivos, de vencimiento anticipado, etc. Todas estas cláusulas han sido declaradas nulas por nuestro Tribunal Supremo, pero mientras una ley no les obligue, debemos demandar al banco para que desaparezcan de los préstamos hipotecarios.